04 febrero 2010

Reglamentan Entrada Presa Hatillo

REGLAMENTACIONES DE CONTROL DE ACCESO PARA VISITANTES EN LA PRESA DE HATILLO, COTUÍ, PROVINCIA JUAN SÁNCHEZ RAMÍREZ.

Como consecuencia del incremento delictivo de los últimos tiempos y las grandes amenazas que atentan con la seguridad, a las que estamos expuestos constantemente los seres humanos e infraestructuras, hemos implementados controles de seguridad en vista de que las presas no escapan a estas. Dichas amenazas pueden convertirse en un peligro para la población, los recursos naturales, la agricultura, la producción eléctrica entre otros; en esta ocasión las siguientes medidas para el control de acceso se aplicarán en la Presa de Hatillo, de la provincia Juan Sánchez Ramírez, Cotuí.


NORMAS ESTABLECIDAS PARA EL PERSONAL QUE VISITE LA PRESA DE HATILLO, A REALIZAR ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL ECOTURISMO.


Deberán hacerse acompañar de un representante de la Sociedad Ecoturística debidamente identificado con su carnet, firmado por su presidente.

Deberán elaborar una carta con una antelación de por lo menos dos días, dirigida al Administrador de la EGEHID, expresando el motivo de la visita y la cantidad de personas que asistirán a la misma. En caso de algún inconveniente relacionado con la distancia para la entrega de la carta, podrán enviarla al correo electrónico Direcciondeseguridadegehid@hotmail.com y confirmar en el teléfono 809- 533-5555, Ext.5157, 5156 y 5159.

No se permitirá ningún tipo de actividad que ponga en riesgo la seguridad de las instalaciones de la presa (carreras automovilísticas, música con altos decibeles, entre otros).

El horario de visitas será de 06:00 AM hasta 08:00 PM. Todo conductor de vehículos de motor que ingrese a la presa deberá depositar un documento de identidad a su entrada, el cual se le retornará a su salida.

No somos responsables de la pérdida o sustracción de cualquier objeto dejado en el interior de su vehículo.

Los días disponibles para las visitas en grupos de excursiones serán los fines de semana y días feriados, en el horario ya establecido.

Está permitido el uso de las áreas verdes, excepto las que están en relacionas con el muro de contención, sin causar alteraciones en las mismas.

Las personas que visiten este lugar de manera individual para fines de turismo interno, estarán sujetos a las mismas normas establecidas.

No está permitido el lavado de ningún tipo de vehículo de motor en el lago de Hatillo.

El personal visitante deberá velar por la limpieza de las áreas utilizadas durante la excursión, debiendo llevar fundas o zafacones para depositar los desperdicios.

Nunca deberán lanzar desperdicios al lago.

No se permitirá introducir bebidas alcohólicas.

No se permitirán introducir armas de fuego a personal no autorizado dentro de los límites de la presa.

El personal militar no está autorizado a guardar ningún tipo de armas de fuego al personal que visita la presa. Toda persona que ingrese a la presa en vehículos de motor estará sujeto a un chequeo o revisión del mismo, tanto a la entrada como a su salida.

Toda persona que no esté en la disposición de cumplir con las normas establecidas, no se le permitirá el paso.

Aquellas personas que violen las normas establecidas en el presente documento de seguridad, serán sometidas a la justicia de acuerdo a las leyes nacionales vigentes.


NORMAS PARA EL PERSONAL QUE VISITE LA PRESA DE HATILLO A REALIZAR ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PESCA.


El personal que desee pescar en lago de la presa de manera rudimentaria, deberá notificarlo al oficial a cargo, para fines de control, debiendo dejar un documento de identificación, el cual se le retornará al momento de su salida.

Aquellos que se dediquen a la pesca utilizando pequeñas embarcaciones, deberán obtener el despacho correspondiente, que será suministrado por el oficial de turno, donde se especificará la cantidad de personas, hora de salida y el tiempo que durará su actividad, debiendo poseer cada uno de los tripulantes salvavidas antes de iniciar sus actividades pesqueras.

Está prohibida la pesca con las llamadas licuadoras y chinchorros de arrastre, esto para evitar la extinción de las especies.

Está prohibido el derrame de combustible en el lago o en cualquier parte dentro de los límites de la presa.

Todo conductor de vehículos de motor que ingrese a la presa deberá depositar un documento de identidad a su entrada, el cual se le retornará a su salida.

Todo conductor de vehículo de motor estará sujeto al chequeo del mismo, tanto a la entrada como a su salida.

Toda persona que no esté de acuerdo en cumplir con las normas establecidas, no se le permitirá el acceso. Aquellas personas que estando dentro de los límites de la presa sean sorprendidas violentando las normas establecidas en el presente documento de seguridad, no se les volverá a permitir el paso y serán sometidas a la justicia de acuerdo a las leyes nacionales vigentes.

No somos responsables por la pérdida o sustracción de cualquier objeto dejado en el interior de su vehículo.

No está permitido el lavado de ningún tipo de vehículo de motor en el lago de Hatillo.


NORMAS ESTABLECIDAS PARA EL FERRY Y PERSONAL QUE VISITE SUS INSTALACIONES.


La embarcación denominada ferry, al igual que cualquier otra que opere en las aguas del lago, deberá tener al día todas las reglamentaciones para operar en el agua.(matrícula al día, certificado de navegabilidad y permiso de turismo, si opera con turistas)

Deberá tener el seguro al día y un plan de evacuación.

El personal que visitante estará sujeto a las mismas normas de control de acceso establecidas anteriormente.

El horario para las excursiones será de 06:00 AM hasta las 08:00 PM. Está prohibido derramar cualquier tipo de combustible en las aguas del lago.

Deberá poseer radio de comunicación, extintores aptos para ser utilizados cuando la ocasión lo amerite y salvavidas en óptimas condiciones para cada uno de los tripulantes.

Al personal visitante no se le permitirá transitar con bebidas fuera de los límites del área de esparcimiento.

Para su operación en el lago deberá poseer una embarcación auxiliar abordo o a remolque, con una capacidad mínima de veinte (20) pasajeros.

NOTA: Estas normas deberán ser publicadas en un lugar visible, donde el personal visitante a su llegada pueda leerlas y estar enterado de las mismas, además el oficial de turno deberá invitarlos a leer esta publicación en el lugar donde se encuentre publicada.


JOSE C. LORENZO PEÑA GARCIA
Contralmirante. M de G.
Director General de Seguridad de ‘‘EGEHID”

1 comentario:

Ambioris Dela curvita dijo...

Laverdad que muchos quisas van a pensar que estas nuevas reglas en la presa de atillo es para prohivir la entrada a la misma. Pero si analisamos cada una de estas podemos ver que es una manera de proteger el lago y alas personas que lo visitan. Inmaginense que pasaria si algun totao le dap or ir y sabotear algunas de las infracturas de la presa lo que pasaria en la region.